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Departamento GRAL. LOPEZ

Departamento GRAL. LOPEZ

viernes, 6 de mayo de 2011

PREGUNTAS Y RESPUESTAS SOBRE DONACIÓN Y TRASPLANTE



1. ¿Por qué es importante que seamos donantes de órganos?

En nuestro país existen hoy miles de personas que necesitan de un trasplante de órganos y tejidos para salvar su vida o mejorar su calidad de vida. El trasplante sólo puede llevarse a cabo gracias a la voluntad de aquellos que en forma solidaria dan su consentimiento a la donación.

Los avances en medicina han permitido que ahora el trasplante sea un tratamiento con éxito. El mayor problema en este momento es obtener el suficiente número de órganos para trasplantar a los enfermos que lo necesitan.

En este momento, unas 6 mil personas están esperando un órgano para ser trasplantados. Cada año, miles de enfermos se incorporan a las listas de espera. El número de donantes tiende a crecer cada año, pero nunca es suficiente. España es el país con mayor índice de donaciones del mundo, y allí tampoco alcanzan los órganos donados para trasplante, y un 7% de pacientes mueren esperando un órgano.

Todas las ayudas son necesarias para resolver la escasez de órganos. La mejor manera para asegurar que exista mayor número de órganos utilizables, es hacerse donante y animar a otros a que den el Sí, soy donante.

2. ¿Toda persona fallecida puede ser donante de órganos?

No, la utilización de un órgano para trasplante requiere que éste haya mantenido condiciones de oxigenación y aporte sanguíneo adecuado hasta el momento de su extracción. Estas condiciones están presentes en personas que sufren un grave daño al sistema nervioso (traumatismo de cráneo, herida de bala, hemorragia cerebral, etc.) que han sido internadas en servicios de cuidados críticos pero que pese al esfuerzo médico han evolucionado desfavorablemente, y en los cuales se certifica el diagnóstico de muerte, manteniendo la oxigenación con el respirador y el adecuado aporte sanguíneo mediante intervenciones médicas especiales. Esta situación se presenta en el 5% de las muertes, el 95 % restantes fallece por paro cardiorrespiratorio irreversible en el domicilio, en la vía pública o en salas de internación general. En ellos no se mantiene la oxigenación e irrigación de los órganos por lo tanto no pueden aplicarse al trasplante. Pero sí pueden utilizarse los tejidos.

3. ¿Qué es la muerte cerebral?

La muerte cerebral se produce cuando una persona tiene una lesión cerebral catastrófica que ocasiona el cese total e irreversible de la actividad de todo el cerebro. Este no recibe sangre ni oxígeno y se muere.

Las lesiones fatales pueden ser de causas:

Externas: Traumatismos• Cráneo Encefálicos.

Internas: Accidentes Cerebro Vasculares, Encefalopatías• Anóxicas y Tumores Primitivos Benignos del Sistema Nervioso Central.

En estos casos los órganos pueden funcionar durante un tiempo si la persona fallecida está conectada a un respirador. Sin embargo la función del corazón y del pulmón cesa si se desconecta el respirador y se suspenden las medidas de soporte artificial. La muerte cerebral está aceptada como una manera de morir desde el punto de vista médico, ético y legal. Los criterios para determinar la muerte cerebral son muy estrictos médica y legalmente.

Hay personas que pueden permanecer en coma durante muchos años, lo que se denomina coma vegetativo irreversible, nunca recuperarán el conocimiento, pero son capaces de respirar.

La persona en muerte cerebral no respira cuando se le retira el respirador, porque está muerta.


4. ¿Qué órganos y tejidos se pueden donar?

Los órganos y tejidos que se pueden trasplantar hasta el momento, son los siguientes: riñones, hígado, corazón, pulmón, páncreas, intestino. Tejidos: córneas, piel, huesos, médula ósea, válvulas cardíacas y vasos. De todos modos la posibilidad de que lo donado sea apto para trasplante, siempre constituye una decisión médica, tomada al momento del fallecimiento.

5. ¿Se puede donar órganos en vida?

La mayoría de los órganos y tejidos para trasplante provienen de personas fallecidas. Esto se conoce como donación cadavérica. La legislación vigente (ley 24.193) sólo contempla el caso del donante vivo relacionado por parentesco directo, para la donación de riñón (porque se puede vivir con un solo riñón y tenemos dos) y el hígado (porque se puede segmentar). Aunque sin duda es preferible el implante de un órgano proveniente de un donante fallecido. En el implante de médula ósea, que es un tejido renovable, el donante vivo puede no tener relación de parentesco con el receptor.

6. ¿Cómo y a quién se distribuyen los órganos?

La asignación de los órganos y tejidos se hace exclusivamente en base a criterios específicos, uniformes en todo el país, que toman en cuenta: la compatibilidad biológica entre donante y receptor (para evitar el rechazo), la edad, la antigüedad en lista de espera, el tamaño y el peso de donante y receptor y el grado de urgencia del receptor. Este sistema asegura que los órganos donados se distribuyan priorizando a los que estén en situación más crítica y a los que posean las características más similares al donante.

7. ¿Cómo queda el cuerpo del donante después de la donación de órganos?

La operación se realiza con todos los recaudos de las intervenciones quirúrgicas de la más alta complejidad. Se extraen los órganos dejando intacto el cuerpo, que es tratado con la máxima consideración y el profundo respeto que le corresponde. Inmediatamente después de la cirugía de extracción de los órganos, el cuerpo del fallecido, tratado con el mayor de los respetos, es entregado a la familia sin alterar su apariencia exterior.


8. ¿La familia del donante fallecido deberá abonar algún gasto adicional asociado a la donación de los órganos de su ser querido?

No, los familiares del donante no pagan ninguno de los gastos asociados a la donación de órganos y tejidos.

9. ¿Se debe esperar algún tipo de retribución por la donación?

No. La donación es uno acto solidario anónimo y gratuito. Es aberrante cualquier expectativa de beneficio o especulación económica, situación severamente penada por la legislación vigente.

10. ¿Pueden los familiares del donante conocer a los receptores de los órganos donados?

La Ley exige el anonimato en la donación y no es posible dar a conocer la identidad del donante al receptor ni viceversa. No obstante, a las familias de los donantes se les informa del destino de los órganos donados, de la edad y circunstancias de la enfermedad de los receptores y del funcionamiento del trasplante tras la operación.

Sería negativo tanto para la familia del donante como para el receptor. Para la familia del donante porque el proceso del duelo es necesario superarlo y puede obstaculizarse si se genera una ilusión de continuidad de la vida de su familiar en otra persona. Asimismo se pueden producir chantajes emocionales o materiales por la donación.

El receptor necesita recuperarse de su enfermedad, y no es aconsejable cargar al receptor con la posibilidad de la culpa o responsabilidad de la muerte de otra persona.


11. ¿Existe el tráfico de órganos en nuestro país?

No. Esta práctica es imposible de llevar a cabo. Pensar en su posibilidad es desconocer la complejidad de un operativo de trasplante. La realización de un trasplante exitoso depende fundamentalmente de la compatibilidad entre receptor y donante. Este proceso de selección se lleva a cabo a través de un complejo mecanismo, legislado e implementado mediante una lista de espera. El proceso del trasplante requiere además de infraestructura en comunicaciones, tecnología médica de amplia complejidad y profesionales especializados (laboratorios, equipos de extracción e implante de órganos y tejidos), lo que implica la movilidad de más de 80 profesionales por cada donante. Si algún paso no se llevara a cabo se pondría en serio peligro la vida del receptor.

12. ¿Cambiará la actitud de los médicos a la hora de atenderme en un momento crítico, si saben que soy donante?

No. Los médicos trabajan siempre intentando salvar la vida de los enfermos. El equipo de trasplante no tiene noticia del posible donante hasta que los médicos que lo atienden determinan que todos los esfuerzos realizados para salvarlo han sido inútiles. A partir del fallecimiento de una persona, los médicos de trasplante tratan de salvar la vida de otros enfermos que no tienen otra posibilidad de curación.

13. ¿Quién garantiza la cobertura de un trasplante?

Todos los gastos relacionados con un trasplante (el trabajo personal médico y auxiliar, los materiales descartables, etc.) son cubiertos por la obra social o cobertura del receptor. En caso de aquel bonaerense que no cuente con ella, el Fondo Provincial de Trasplante de Órganos asegura la cobertura pretrasplante, trasplante y medicación posterior de por vida.

14. ¿Qué son las drogas inmunosupresoras?

El organismo humano tiene un sistema de defensa contra cualquier organismo extraño, al que ataca produciendo anticuerpos. Las drogas inmunosupresoras son medicamentos que hacen que el organismo humano disminuya la producción de los anticuerpos que atacarían al órgano trasplantado, impidiendo así su rechazo.



15. ¿Cuál es la posición de las diversas religiones en relación al trasplante de órganos?

La mayoría de las religiones del mundo se han pronunciado favorablemente acerca de la donación de órganos y tejidos para trasplante. La iglesia católica, a través de sus máximos representantes, y diversas encíclicas y pastorales, ha manifestado expresamente su apoyo a la donación.

16. ¿Qué significa expresar la voluntad?

Ejercer el derecho que tiene todo ciudadano de manifestar su deseo respecto al destino de sus órganos y tejidos para después de su muerte.

17. ¿Quiénes pueden expresar su voluntad?

Toda persona mayor de 18 años podrá, en forma expresa, manifestar su voluntad afirmativa o negativa respecto a la donación de los órganos o tejidos de su propio cuerpo.

18. Existen causas médicas que impidan completar un acta de donación?

No, no hay ninguna causa médica que impida el acto voluntario de donación de órganos para después de la muerte. En el momento del fallecimiento, el equipo de salud evaluará y decidirá si los órganos son aptos o no para trasplante.

19. ¿Qué sucede si la persona no se expresa?

De no existir manifestación expresa, la ley presume que la persona es donante. En ese caso, el CUDAIO solicitará a la familia que dé testimonio sobre la última voluntad del fallecido.

20. ¿Cómo se puede manifestar la voluntad?

A partir del 22 de enero de 2006, con la entrada en vigencia de la Ley 26.066 que modifica la Ley de Trasplante, toda persona mayor de 18 años que desee manifestar su voluntad afirmativa o negativa respecto a la donación de sus órganos y tejidos podrá hacerlo en forma expresa a través de cualquiera de las siguientes formas:

En el CUDAIO o INCUCAI, firmando un acta de expresión.

En las oficinas del Registro Civil, asentándolo en el DNI, en oportunidad de concurrir a realizar algún trámite.

Por medio de carta documento o telegrama expedido de manera gratuita a través del Correo Argentino (sólo para quienes desean manifestar su oposición). El texto debe consignar: “Por la presente notifico, en los términos de la Ley 26.066 modificatorio de la Ley 24.193, mi negativa a donar mis órganos”, aclarando nombre completo, firma y DNI.

Es muy importante que la familia conozca el deseo de ser donante, ya que los profesionales a cargo de la procuración de órganos deben hablar con ellos. Las familias cumplen la voluntad de la persona fallecida, si la conocen. Este conocimiento les facilita mucho la toma de decisiones a la hora de donar, y de alguna manera les reconforta, en un momento de tanto dolor, saber que la muerte de su familiar no fue inútil, ya que proporcionará vida a otras personas.

21. ¿Puede cambiarse la manifestación de voluntad?

Sí. La expresión afirmativa o negativa puede ser revocada en cualquier momento por el manifestante por medio de los canales mencionados.

22. ¿La voluntad de la persona será respetada?

Sí. La voluntad de la persona fallecida es respetada siempre. Nadie podrá revocar esta decisión.

23. ¿Qué pasa si la familia se opone a la donación?

Una persona puede hacerse donante en un momento de su vida y cambiar después de opinión. Se supone que la familia tiene conocimiento de la última voluntad de la persona fallecida. Es muy importante que la familia conozca la voluntad de donar o no, ya que siempre se cumple la voluntad del familiar una vez fallecido.

24. ¿Qué es el Registro Nacional de Expresiones de Voluntad para la Donación?

Abarca los registros de las personas que hubieran expresado su afirmativa a la donación y de aquellas que hubieran manifestado su oposición, por cualquiera de los canales descriptos. Los ciudadanos tienen acceso a él a través de la página web de INCUCAI y pueden así corroborar el registro de su expresión de voluntad.

25. ¿Qué organismo oficial es el responsable del desarrollo del trasplante de órganos en nuestra provincia?

El CUDAIO es el organismo del Ministerio de Salud de la Provincia de Santa Fe, que impulsa el desarrollo de la procuración de órganos para trasplante como una esperanza de vida y salud para todos los santafesinos. Imprimir artículo

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